Connect with us

Trámites

Cómo realizar el trámite para reclamar los gastos de hipoteca

Published

on

Cómo reclamar los gastos de la hipoteca

Pagar grandes importes por un período de tiempo extenso, es lo que se entiende como un préstamo hipotecario. Tomar esta decisión no es fácil y para muchos resulta tremendamente inquietante hacerles frente a los costos de dicho producto financiero. Pero, en el momento de la práctica conocen los diversos gastos de hipoteca. Un cobro que es totalmente injusto y que actualmente puede ser reembolsado gracias a la sentencia del Tribunal Supremo con principio retroactivo. 

Entonces, reclamar los gastos de hipoteca es posible porque el Tribunal Supremo considera que el único beneficiado por el registro y la constitución de un préstamo hipotecario es el banco y no el cliente, que es quien asume esos costes. Para optar a un reembolso hay que presentar un formulario debidamente cumplimentado a la entidad bancaria, aunque no está claro si el plazo para hacerlo sigue vigente, recoge Finanzas en su portal web. 

Documentos necesarios para reclamar los gastos de la hipoteca

Lo que se quiere lograr es una compensación o retribución de los pagos, pero para darle inicio a esta solicitud, Trámitespasoapaso.com recomienda obtener los siguientes papeles o documentos: 

*Facturas o justificantes: En los momentos en que se estaba redactando la prestación de hipoteca o se concretaba el convenio, se exigieron desembolsos. Es imprescindible que reúnas todas las pruebas, es decir, las facturas, comprobantes o justificantes.  

*Préstamo hipotecario: Bien sea la copia del contrato hipotecario o de la subrogación. 

*Modelo de reclamación: En las webs de asociaciones de defensa encontrarás formularios para hacer la solicitud, incluso en las de abogados. Descarga el que esté al día y que contenga todas las cláusulas previstas.   

¿Cuáles son los gastos de hipoteca que puedes reclamar?  

De acuerdo con la página digital ya mencionada, cuando se va a suscribir la escritura de una hipoteca, hay que hacer una serie de pagos distintos a los de compra-venta.  

Sin embargo, antes del pronunciamiento del año 2019, los titulares del producto tenían que enfrentar todas esas cuantías. Algo que hoy no está permitido porque el banco se encargará de cancelar una parte importante de estos gastos. Pero siempre debes estar atento/a los gastos de hipoteca que se pueden reclamar. 

*Valuación, gestoría y registro. La tasación o valuación es uno de los trámites más importantes de las hipotecas, se determina de acuerdo a la valoración que tiene un domicilio. Por lo general, los ciudadanos abonan 300 euros. Ahora, los honorarios de gestoría dependen de los profesionales que llevan a cabo estas actividades de trámites y suelen oscilar entre 300 y 400 euros. Y los de registros están relacionados con la suscripción de la propiedad, pueden costar hasta 200 euros.  

*Notariales. Los gastos notariales corresponden a la concesión del acta notarial, habitualmente tiene un precio de 700 euros. La reintegración puede llegar a ser la mitad.  

*Impuesto sobre actos jurídicos documentados. La tarifa de este tributo se sitúa entre el 0,5 y el 1,5 % de la hipoteca. Se genera cuando se da de alta la escritura notarial en la oficina del registro. A su vez, aplicará el reembolso de este dinero en algunos casos. 

¿Cuándo debe iniciarse el plazo de reclamación? 

Según Housage los juzgados habían establecido un plazo de 5 años para exigir la devolución del dinero, según se establece en el artículo 1.964 del Código Civil, pero no hay consenso sobre el momento en el que se inicia el plazo.   

Al respecto, se plantean dos opciones para establecer el inicio del plazo: desde la fecha en la que el cliente tiene una sentencia en la que se reconoce la nulidad de la cláusula o que la fecha sean las sentencias del Supremo de 2019 y del TJUE de 2020 que establecen la devolución de los gastos hipotecarios. Estos supondrán que se podrían reclamar los gastos hasta enero de 2024.  

Sin embargo, el problema radica en que el Supremo considera que la primera opción es contraria al principio de seguridad jurídica porque no prescribiría, por lo que se podrían reclamar gastos de hipotecas ya pagadas hace tiempo. No obstante, el Supremo ha dejado claro que en ningún caso se podrá tomar de referencia la fecha de la firma de la hipoteca o cuando se pagaron los gastos de constitución de la hipoteca.   

¿Quiénes pueden reclamar? 

Se encuentran en capacidad de demandar a todos aquellos ciudadanos que hayan asumido gastos injustamente. En otras palabras, los individuos que liquidaron ciertas cantidades de dinero por contrato y las circunstancias imponibles no eran lo suficientemente explícitas o aplicables. 

Licenciada en comunicación social egresada de la Universidad Santa María de Venezuela, con más de cuatro años de experiencia específicamente como periodista web y como Content Manager.

follow me
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Trámites

¿Cómo cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca?

Published

on

Cómo cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca

Entre las prácticas comunes que realiza un banco está ofrecer la mejora de condiciones si se contratan productos adicionales. Si al firmar los documentos para un préstamo hipotecario aceptaste un seguro de vida que ahora prefieres anular, debes saber que estás en tu derecho. Ahora bien, te estarás preguntando cómo cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca, por fortuna, te encuentras en el sitio adecuado. Es posible que la entidad intente retrasar lo inevitable y que se complique un poco. No obstante, se trata de un proceso fácil y rápido. Te contamos todo lo que debes saber sobre este trámite, al final solo tendrás que seguir pocos pasos. 

¿Se puede cancelar el seguro de vida vinculado a una hipoteca? 

¿Puedo cancelar el seguro de vida para la hipoteca? Es la pregunta más normal, considerando que hay varios estudios que revelan impresionantes resultados sobre el alto costo de estos seguros. La respuesta es afirmativa. El seguro de vida de una hipoteca puede ser cancelado si así lo deseas

Son varios los motivos que te llevarían a considerar una estrategia como esta. En primer lugar, conseguir un mediador o asegurador que te brinde condiciones más consecuentes con tu situación. Como también puede pasar que lo hayas pensado mejor, que no quieras un seguro de vida asociado a tu préstamo. El motivo no tiene gran relevancia, lo verdaderamente importante es que estés al tanto de que hay una Ley de Contrato de Seguro. Con esta ley, cambiar el contrato es un derecho del cliente. 

¿Cuándo es conveniente darse de baja del seguro de vida?

Los seguros de vida —estén o no ligados a la hipoteca— no son revocados en cualquier momento. Hay dos ocasiones en las que podrás seguir adelante con la cancelación: 

  • Los primeros 30 días naturales. Con posterioridad a la firma del contrato, a partir del día en que empieza a ser efectivo, tendrás un plazo de 30 días para cambiar de parecer. Básicamente, este es el lapso de tiempo que tienes legalmente para analizar las estipulaciones del trato. No tendrás que dar grandes explicaciones. 
  • Al término de los 30 días naturales. Si ya han pasado días, meses o años desde que terminaron los 30 días naturales para arrepentirse, no podrás notificarlo sin más. Lo que procede es esperar un mes antes de que haya una renovación automática y remitir una carta para dar de baja el seguro. Indistintamente de que haya pasado uno o más años, antes de la renovación se encuentra abierta esta posibilidad. 
  • Cuando se modifica el precio de la prima. Si la aseguradora altera el precio de la prima, entonces tendrás los 15 días siguientes para dar el visto bueno o revocar el pacto. 

Pasos a seguir y trámites para cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca

Si vas a cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca, tan solo tienes que leer las líneas que se presentan a continuación. 

  1. Redacta una carta con acuse de recibo en donde expliques claramente tu voluntad de suspender la póliza. Debes incluir los siguientes datos: 

  • Nombres y apellidos.
  • DNI o NIE.
  • El número de la póliza a dar de baja.
  • La fecha en la que envíes el documento. 
  • Firma. 

  1. De haber aceptado un producto financiero que obliga a afiliar un seguro de vida para mantener la hipoteca, debe acreditarse el alta de una nueva aseguradora. A su vez, hay que configurar con la aseguradora los datos del beneficiario (el banco) para que, en caso de fallecimiento o incapacidad, reciba el dinero correspondiente. Por ende, resulta imprescindible gestionar los pormenores con el seguro externo y hacérselo saber a la institución. 
  2. Escoge la vía que se te haga más conveniente, dirígete a la entidad bancaria, envía un correo electrónico o mediante un burofax.  
  3. Entrega la carta con un mes (o dos meses, para mayor seguridad) de antelación a la fecha de vencimiento del seguro. 

Tienes toda la información sobre cómo cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca. Y, como te decíamos, no es un trámite difícil. Solo tendrás que respetar los protocolos, ¡y el resto es historia! 

Redactor con más de 8 años de experiencia como escritor polivalente. Ha formado un número importante de redactores y se desempeña como jefe de redacción en diferentes medios de deporte, salud y tecnología. Entre ellos varios relacionados con el sector inmobiliario como DiariodelDinero.com o Tramitespasoapaso.com. Cuenta con conocimientos avanzados en SEO, marketing digital y gestión de contenidos.

follow me
Continue Reading

Trámites

Contrato de arras: ¿Qué es y cómo hacerlo?

Published

on

definición Contrato de arras

¿Encontraste la casa de tus sueños? Si es así, ya sabrás que obtenerla no es tan sencillo como parece. Al momento de adquirir una propiedad influyen muchos factores, por lo que el camino se puede volver cuesta arriba si no cuentas con la información adecuada. Algunos de los aspectos con los que tendrás que lidiar son la documentación, la negociación con el dueño, la tramitación del pago y más. Sin embargo, el vendedor podría cancelar la operación y tendrías que empezar de nuevo, lo que querrás evitar a toda costa. Así pues, un instrumento legal muy apropiado es el contrato de arras. En este espacio aprenderás qué es y cómo hacerlo. ¡Sigue leyendo!

¿Cuál es el objetivo del trámite?

El contrato de arras es una solución para las dos partes que protagonizan una compra/venta. Este trámite se realiza con el fin de obtener mayor seguridad al momento de establecer las condiciones y delimitar las operaciones consecuentes al tratarse de un inmueble. Entre los distintos instrumentos que ofrece la legislación española, este es uno de los más factibles y eficaces para satisfacer tanto al comprador como al vendedor. A lo largo de este artículo se explicarán los elementos resaltantes de este tema, logrando así resolver definitivamente las principales incógnitas.

¿Qué es el contrato de arras?

Una de las decisiones más importantes de la vida es adquirir un hogar. Y en la práctica, muchos se dan cuenta de que se avanza emprendiendo muchos trámites legales, algunos de ellos son inmensamente conocidos y otros no tanto. El contrato de arras forma parte de los desconocidos, lo que es algo irónico porque se puede volver un documento imprescindible para la transacción.

Se define como un documento realizado durante la compraventa en el cual el comprador y el vendedor declaran su disposición de finalizar la operación en un plazo establecido. En ese sentido, el cliente cancela una suma de dinero para validar su voluntad y asegurar la vivienda. Aunque lo que distingue a este contrato de otros similares es que se establecen consecuencias legales de haber un incumplimiento. Aunado a eso, se emplea como fuente para redactar la escritura de compraventa en la notaría. Siendo así, resulta obligatorio incluir los detalles de la operación y los convenios a los que hayan llegado los dos representantes de la gestión.

Tipos de contratos de arras

Principalmente, son tres tipos de contratos de arras. Se clasifican por los efectos que tienen si se incurre en alguna falta.

  •  Penitenciales. Este contrato permite que las partes desistan libremente de sus responsabilidades. La condición es que el dinero actúa como garantía. El comprador pierde su dinero si no llega hasta el final y el vendedor debe devolver el doble de la cantidad que le fue entregada para saldar su deuda por quedar mal. Ahora bien, no es posible forzar la ejecución ni demandar por daños y perjuicios.
  • Confirmatorias. Se hace entrega de una señal, la cual no figura como una indemnización si se interfiere con el contrato. Este efectivo se toma como un pago anticipado, porque las partes no pueden cambiar de parecer y dejar de consumar sus obligaciones. No obstante, si eso sucede, sí se puede demandar por daños y perjuicios.
  • Penales. No son muy comunes, ya que tienen un carácter legal muy marcado. Se negocia la inicial de un dinero que puede usarse como compensación si no se lleva a término el contrato. A su vez, se establecen penalizaciones y es viable exigir la venta del inmueble. En otras palabras, el afectado se queda con el dinero de las arras y tiene la posibilidad de demandar para que se respete su derecho.

¿Cuánto dinero se entrega como inicial para firmar el contrato?

En la mayoría de los casos, se liquida un 10 % sobre el precio de venta de la propiedad por concepto de arras. Pero, al tratarse de un documento elaborado por cuenta de cada vendedor y comprador, esta cantidad no obedece ninguna ley. Así que se establecerá conforme a las necesidades de ambas partes. Aun así, la suma se debe detallar con precisión en el contrato y posteriormente ser descontada del precio que pagará el comprador por la venta.

¿Qué pasa si el contrato de arras llega a su vencimiento?

De darse un escenario en que el contrato de arras caduque sin haber firmado la escritura de compraventa, hay varios acontecimientos factibles:

  • Continúa la transacción: si el vendedor y el comprador están dispuestos a seguir con la operación, se puede pedir una prórroga. Basta con añadir una ampliación indicando la nueva fecha y los motivos por los cuales se lleva a cabo un anexo.
  • El comprador decide no ejercer la compra: el comprador puede elegir no continuar con la negociación, bien sea porque no puede o no quiere. Esto siempre que haya firmado un contrato de arras penitenciales. Es entonces cuando se queda con el dinero que entregó como desembolso inicial para celebrar el contrato.
  • El vendedor decide no vender: si, por el contrario, el vendedor es el que no quiere vender el inmueble, entonces tiene que pagar la cantidad desembolsada por concepto de arras penitenciales más la retribución (que equivale a la misma cantidad antes mencionada).

Cómo hacer el contrato de arras

El contrato de arras generalmente lo redacta la inmobiliaria o un profesional en derecho inmobiliario que se contrate de manera particular. De igual forma, si quieres hacerlo por tu cuenta o tener un conocimiento previo a todo el trámite, te recomendamos echar un vistazo a los modelos que aparecen en las webs especializadas. Te mostramos qué datos podrás observar en el documento:

  1. Identidad del vendedor y del comprador.
  2. Información de contacto de ambas partes.
  3. Dirección del inmueble en cuestión.
  4. El tipo de contrato, se alude al artículo 1.454 del Código Civil si son arras penitenciales. Si no se hace mención alguna, se entenderá que son confirmatorias.  
  5. Precio de la propiedad.
  6. Suma entregada como señal.
  7. El plazo para finiquitar la compraventa.
  8. Los efectos por desobedecer las obligaciones.
  9. Los impuestos, cargas, hipotecas y demás que presenta la propiedad.
  10. La repartición de gastos entre los involucrados.
  11. La fecha en la que se realiza el contrato y las respectivas firmas.

Con el contrato de arras tendrás plena seguridad de que esa vivienda que soñaste se materializará. ¡Tu nuevo hogar está cada vez más cerca!

Redactor con más de 8 años de experiencia como escritor polivalente. Ha formado un número importante de redactores y se desempeña como jefe de redacción en diferentes medios de deporte, salud y tecnología. Entre ellos varios relacionados con el sector inmobiliario como DiariodelDinero.com o Tramitespasoapaso.com. Cuenta con conocimientos avanzados en SEO, marketing digital y gestión de contenidos.

follow me
Continue Reading

Trámites

Trámites para hacer un cambio de titularidad en el catastro

Published

on

cambio de titularidad en el catastro

El catastro es una base de datos administrativa del Ministerio de Hacienda y Función Pública en la que se recopilan hechos respecto a cada inmueble del Estado. Sin perjuicio de su condición urbana o rural, aspectos de su área, el uso o la titularidad, todos los datos quedan reflejados. Entre otros aspectos, está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y su inscripción es obligatoria. ¿Quieres saber cómo realizar una modificación? En este espacio detallamos los trámites para hacer un cambio de titularidad en el catastro. Es una operación sencilla que te mostraremos de principio a fin.  

¿Cuál es el objetivo del trámite?

Este trámite se realiza cuando se está ante un cambio de propiedad, por lo que hay que efectuar un cambio de titularidad catastral. Dado que en el catastro se incorporan los aspectos más singulares de todos los inmuebles y lotes en España con sus coordenadas, propietarios, descripción de uso, valor, etc. Estos datos son importantes porque sirven de base para la tributación del Estado y para otras gestiones y tramitaciones. Entonces, una enmienda debe hacerse porque así lo exige la dirección. Este procedimiento consta de una serie de pasos, que deben ser cumplidos en los dos meses siguientes al origen de la acción que impulsó el cambio. 

¿Cuáles son los documentos a aportar?

Deberás reunir los siguientes documentos para iniciar el trámite:

  • Modelo de declaración. Descarga el modelo 900D en la web electrónica del catastro.
  • Documentos de identificación. Presenta el documento nacional de identidad (DNI), el número de identificación de extranjero (NIE) o el número de identificación fiscal (NIF). 
  • Referencia catastral del inmueble. Es importante tener a la mano el código alfanumérico que proporciona el catastro a cada vivienda, una fotocopia del último justificante del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o certificación catastral electrónica. 
  • Documento que promueva la alteración. Original y fotocopia de un papel que demuestre cómo nace la necesidad de cambiar de titular. Bien sea una escritura pública, un contrato privado, una sentencia judicial, certificación del Registro de la Propiedad u otros. 
  • Descripción gráfica del inmueble. Solo en caso de que se trate de un derecho de superficie o una concesión administrativa, hay que facilitar un documento con descripción gráfica. 

Otro de los aspectos a tener en cuenta es que, de ser el declarante un representante del obligado, hay que presentar un documento que describa la representación. Por otra parte, si la adquisición del derecho o bien compete a los cónyuges, deberán añadir original y copia del Libro de Familia o cualquier otro documento que acredite el vínculo. 

¿Quién está obligado a cambiar la titularidad catastral?

Te preguntarás, ¿todos los cambios de título de inmueble, ya sean de una finca o de un piso, deben considerarse como cambio de titularidad en el catastro? La respuesta es afirmativa. Si se adquiere una propiedad, se construye o se conquista algún poder sobre una concesión o sobre los derechos de beneficios, se cuenta con dos meses para hacer el cambio de titularidad catastral. Asimismo, cuando una entidad o comunidad que no tiene personalidad, luego de haber solicitado validación por parte de los miembros, afecte los porcentajes de participación de sus miembros.

El titular de la propiedad puede pedir una serie de reformas. Como en los derribos, protesta contra la descripción, nuevos usos y más. Aunque, concretamente, para el cambio de titularidad el proceder resulta particular y es el interesado quien debe acudir ante la gerencia. 

Excepciones

Hay determinadas excepciones que hay que tener en consideración para evitar una equivocación mayor. Se exime en los siguientes escenarios:

  • De haberse hecho el traspaso o transacción formalmente en escritura pública o, de lo contrario, que se haya solicitado la inclusión en el Registro de la Propiedad.
  • En el supuesto de que se haya demostrado el identificador oficial del bien a través de cualquiera de los medios que se nombran a continuación: comprobante electrónico adquirido por los procedimientos digitales que se aprueban por resolución de la Dirección General del Catastro, papel de un notario público o información registral, último recibo justificante del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o bien certificado u otro papel entregado por el organismos tributario.
  • Al haber hecho una solicitud de baja de titularidad catastral, dos meses después del cambio de propietarios.

Preguntas frecuentes

Respondemos algunas de las cuestiones que mayores dudas generan entre los interesados. 

¿En cuánto tiempo puede hacerse oficial el cambio de titularidad en el catastro?

Una vez presentado el expediente con los documentos mencionados anteriormente, el plazo de espera puede extenderse hasta 6 meses. Esto se debe a que atiende a una modalidad burocrática de varios pasos, más adelante se explicarán con más exactitud. 

¿Cuánto cuesta hacer el cambio de titularidad?

El precio puede variar, depende mucho de la comunidad autónoma y de si se contrata a un gestor. Generalmente, se sitúa entre 60 y 150 euros

¿Qué pasa si no se hace la corrección?

Al detectarse que hay una variación en la información referente a los bienes y no efectuar la corrección, pueden darse varias opciones. Como que no se pague la cantidad apropiada del Impuesto de Bienes Inmuebles, lo que generaría el riesgo de una cuota más alta de la que se debería. Conjuntamente, daría lugar a problemas con otros impuestos, subvenciones y permisos administrativos.

Pasos a seguir y trámites para hacer un cambio de titularidad en el catastro

Presta atención a los pasos que se exponen seguidamente y sabrás lo que debes hacer para cambiar de titularidad en el catastro: 

  1. Descarga el formato 900 D en el sitio oficial para llenarlo a mano. También puedes obtener los modelos impresos en las Delegaciones de Hacienda, en las Unidades Locales de Catastro o en los ayuntamientos.
  2. Pedir una cita en la web oficial.
  3. Acompañar la declaración con los documentos antes descritos, hay que comparecer en una de las gerencias del Catastro o en una de las delegaciones.
  4. Seguir las indicaciones respecto a si hay que exhibir algún otro requerimiento.
  5. Ir a la audiencia, si así lo exige el organismo. 
  6. Esperar la resolución.

Si no cuentas con tiempo para empezar los trámites de cambio de titularidad en el catastro, te sugerimos hacerlo vía online. Con registrarte en el sistema y cargar los datos digitales podrás resolver rápidamente. 

Redactor con más de 8 años de experiencia como escritor polivalente. Ha formado un número importante de redactores y se desempeña como jefe de redacción en diferentes medios de deporte, salud y tecnología. Entre ellos varios relacionados con el sector inmobiliario como DiariodelDinero.com o Tramitespasoapaso.com. Cuenta con conocimientos avanzados en SEO, marketing digital y gestión de contenidos.

follow me
Continue Reading

Tendencia