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Contrato de arras: ¿Qué es y cómo hacerlo?

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¿Encontraste la casa de tus sueños? Si es así, ya sabrás que obtenerla no es tan sencillo como parece. Al momento de adquirir una propiedad influyen muchos factores, por lo que el camino se puede volver cuesta arriba si no cuentas con la información adecuada. Algunos de los aspectos con los que tendrás que lidiar son la documentación, la negociación con el dueño, la tramitación del pago y más. Sin embargo, el vendedor podría cancelar la operación y tendrías que empezar de nuevo, lo que querrás evitar a toda costa. Así pues, un instrumento legal muy apropiado es el contrato de arras. En este espacio aprenderás qué es y cómo hacerlo. ¡Sigue leyendo!

¿Cuál es el objetivo del trámite?

El contrato de arras es una solución para las dos partes que protagonizan una compra/venta. Este trámite se realiza con el fin de obtener mayor seguridad al momento de establecer las condiciones y delimitar las operaciones consecuentes al tratarse de un inmueble. Entre los distintos instrumentos que ofrece la legislación española, este es uno de los más factibles y eficaces para satisfacer tanto al comprador como al vendedor. A lo largo de este artículo se explicarán los elementos resaltantes de este tema, logrando así resolver definitivamente las principales incógnitas.

¿Qué es el contrato de arras?

Una de las decisiones más importantes de la vida es adquirir un hogar. Y en la práctica, muchos se dan cuenta de que se avanza emprendiendo muchos trámites legales, algunos de ellos son inmensamente conocidos y otros no tanto. El contrato de arras forma parte de los desconocidos, lo que es algo irónico porque se puede volver un documento imprescindible para la transacción.

Se define como un documento realizado durante la compraventa en el cual el comprador y el vendedor declaran su disposición de finalizar la operación en un plazo establecido. En ese sentido, el cliente cancela una suma de dinero para validar su voluntad y asegurar la vivienda. Aunque lo que distingue a este contrato de otros similares es que se establecen consecuencias legales de haber un incumplimiento. Aunado a eso, se emplea como fuente para redactar la escritura de compraventa en la notaría. Siendo así, resulta obligatorio incluir los detalles de la operación y los convenios a los que hayan llegado los dos representantes de la gestión.

Tipos de contratos de arras

Principalmente, son tres tipos de contratos de arras. Se clasifican por los efectos que tienen si se incurre en alguna falta.

  •  Penitenciales. Este contrato permite que las partes desistan libremente de sus responsabilidades. La condición es que el dinero actúa como garantía. El comprador pierde su dinero si no llega hasta el final y el vendedor debe devolver el doble de la cantidad que le fue entregada para saldar su deuda por quedar mal. Ahora bien, no es posible forzar la ejecución ni demandar por daños y perjuicios.
  • Confirmatorias. Se hace entrega de una señal, la cual no figura como una indemnización si se interfiere con el contrato. Este efectivo se toma como un pago anticipado, porque las partes no pueden cambiar de parecer y dejar de consumar sus obligaciones. No obstante, si eso sucede, sí se puede demandar por daños y perjuicios.
  • Penales. No son muy comunes, ya que tienen un carácter legal muy marcado. Se negocia la inicial de un dinero que puede usarse como compensación si no se lleva a término el contrato. A su vez, se establecen penalizaciones y es viable exigir la venta del inmueble. En otras palabras, el afectado se queda con el dinero de las arras y tiene la posibilidad de demandar para que se respete su derecho.

¿Cuánto dinero se entrega como inicial para firmar el contrato?

En la mayoría de los casos, se liquida un 10 % sobre el precio de venta de la propiedad por concepto de arras. Pero, al tratarse de un documento elaborado por cuenta de cada vendedor y comprador, esta cantidad no obedece ninguna ley. Así que se establecerá conforme a las necesidades de ambas partes. Aun así, la suma se debe detallar con precisión en el contrato y posteriormente ser descontada del precio que pagará el comprador por la venta.

¿Qué pasa si el contrato de arras llega a su vencimiento?

De darse un escenario en que el contrato de arras caduque sin haber firmado la escritura de compraventa, hay varios acontecimientos factibles:

  • Continúa la transacción: si el vendedor y el comprador están dispuestos a seguir con la operación, se puede pedir una prórroga. Basta con añadir una ampliación indicando la nueva fecha y los motivos por los cuales se lleva a cabo un anexo.
  • El comprador decide no ejercer la compra: el comprador puede elegir no continuar con la negociación, bien sea porque no puede o no quiere. Esto siempre que haya firmado un contrato de arras penitenciales. Es entonces cuando se queda con el dinero que entregó como desembolso inicial para celebrar el contrato.
  • El vendedor decide no vender: si, por el contrario, el vendedor es el que no quiere vender el inmueble, entonces tiene que pagar la cantidad desembolsada por concepto de arras penitenciales más la retribución (que equivale a la misma cantidad antes mencionada).

Cómo hacer el contrato de arras

El contrato de arras generalmente lo redacta la inmobiliaria o un profesional en derecho inmobiliario que se contrate de manera particular. De igual forma, si quieres hacerlo por tu cuenta o tener un conocimiento previo a todo el trámite, te recomendamos echar un vistazo a los modelos que aparecen en las webs especializadas. Te mostramos qué datos podrás observar en el documento:

  1. Identidad del vendedor y del comprador.
  2. Información de contacto de ambas partes.
  3. Dirección del inmueble en cuestión.
  4. El tipo de contrato, se alude al artículo 1.454 del Código Civil si son arras penitenciales. Si no se hace mención alguna, se entenderá que son confirmatorias.  
  5. Precio de la propiedad.
  6. Suma entregada como señal.
  7. El plazo para finiquitar la compraventa.
  8. Los efectos por desobedecer las obligaciones.
  9. Los impuestos, cargas, hipotecas y demás que presenta la propiedad.
  10. La repartición de gastos entre los involucrados.
  11. La fecha en la que se realiza el contrato y las respectivas firmas.

Con el contrato de arras tendrás plena seguridad de que esa vivienda que soñaste se materializará. ¡Tu nuevo hogar está cada vez más cerca!

Redactor con más de 8 años de experiencia como escritor polivalente. Ha formado un número importante de redactores y se desempeña como jefe de redacción en diferentes medios de deporte, salud y tecnología. Entre ellos varios relacionados con el sector inmobiliario como DiariodelDinero.com o Tramitespasoapaso.com. Cuenta con conocimientos avanzados en SEO, marketing digital y gestión de contenidos.

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