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¿Qué es el IBI de una vivienda?

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El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es uno de los impuestos que los propietarios de una vivienda, plaza de garaje o local comercial están en la obligación de pagar ante el Fisco. De esa manera, el IBI es un impuesto directo que impone cargas tributarias a la titularidad de los derechos reales sobre cualquier inmueble que esté ubicado en el municipio que recauda el gravamen. El IBI forma parte de las tasas municipales y los cobran los ayuntamientos después de la inscripción de los propietarios en la Dirección General de Catastro.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)?

El cálculo del IBI parte del valor catastral del inmueble, y se determina a través del valor catastral del suelo y el valor catastral de las construcciones, información que se puede consultar fácilmente a través del Catastro Inmobiliario.

Asimismo, hay una serie de elementos que se toman en consideración para calcular el valor catastral de un inmueble, entre ellos están los siguientes:

-Localización geográfica del inmueble

-El valor del inmueble en el mercado actual

-El coste de los materiales de construcción de la propiedad

-Las características urbanísticas del suelo donde está ubicado el inmueble

-La antigüedad de la edificación

Teniendo en cuenta todos estos aspectos, el ayuntamiento del municipio establecerá un porcentaje de cálculo para cada inmueble, utilizando unos coeficientes estipulados en la Ley de Haciendas Locales. Por ejemplo, los inmuebles de naturaleza urbana cuentan con unos valores catastrales que oscilan entre el 0,4% y el 1,3%. Sin embargo, será el ayuntamiento quien decidirá el valor final del IBI teniendo en cuenta esos límites.

Inmuebles exentos del pago del IBI‍

Generalmente, este impuesto se aplica a casi todos los bienes inmuebles, aunque existe una serie de excepciones en las que se puede considerar la exoneración de este tributo:

-Se exime a los inmuebles que son propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de algunas entidades locales

-Edificaciones diplomáticas y de organismos oficiales (embajadas, consulados, ministerios, etc)

-Propiedades de la Iglesia católica y asociaciones como la Cruz Roja

-Edificios que formen parte del Patrimonio Histórico de España

-Terrenos ocupados por líneas ferroviarias y las edificaciones que se hayan construido en dichos terrenos

Bonificaciones del IBI

También existen algunas excepciones en las que el pago del IBI puede reducirse gracias a la aplicación de una serie de bonificaciones:

-Los inmuebles de cooperativas agrarias pueden obtener una bonificación de hasta el 95% de la totalidad del impuesto

-Las viviendas de protección social obtienen una bonificación del 50% en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles durante los primeros tres años

-Bonificaciones especiales que han sido previamente evaluadas por los ayuntamientos. Por ejemplo: las que ostentan las condiciones de titulares de familia numerosa o los inmuebles sostenibles en los que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico.

¿Cómo pagar el IBI?

Los municipios decidirán el periodo de pago del IBI, por lo que se debe tener conocimiento de las fechas de pago para evitar ser penalizados con un recargo que puede llegar a ser hasta del 20% más con relación al monto inicial. Este pago se puede realizar directamente en la oficina de recaudación de cada ayuntamiento a través de domiciliación bancaria

Suhail Prato Editor

Licenciada en Literatura, escritora por vocación y lectora por convicción. Amplia experiencia en redacción de ensayos críticos y artículos periodísticos en diversos medios digitales y plataformas en RRSS. Blogger y Copywriter.

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