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¿Qué tipos de okupas existen?

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KLIBIS. –

Los llamados ‘okupas’ en España constituyen un dolor de cabeza que se ha incrementado en los últimos años, especialmente después de la pandemia del coronavirus. Según los últimos datos oficiales disponibles, las ocupaciones en España han aumentado en un 40% en los tres últimos años. La okupación es un delito recogido en el Código Penal que se puede pagar hasta con cárcel. Sin embargo, el proceso legal para la desocupación de la vivienda no es tan sencillo, ya que puede llevar mucho tiempo, gastos y la preocupación que puede generar esta situación.

Según datos recientes del Servicio Estadístico de Criminalidad de la Secretaria de Estado de Seguridad muestran que entre enero y julio se registraron 10.220 delitos de este tipo, por 10.807 de los mismos meses del año anterior. Es decir que las okupaciones de viviendas en España han caído un 5,4 % en los siete primeros meses de este año 2022 con respecto al mismo período del año anterior. No obstante, en realidad las cifras generales apuntan a un aumento sostenido de este delito. En el año 2017 se registraron 10.619 casos; en 2018, 12.214; en 2019, 14.621; en 2020, 14.792 y en el año 2021, 17.274.

Un okupa es una persona que se instala en una vivienda o local deshabitado, sin consentimiento del propietario y mantiene una vida activa en el inmueble. Los especialistas consideran que se trata de un fenómeno que tiene que ver con la economía y con la carencia de vivienda social accesible. Aunque el perfil mayoritario del okupa es una persona sin recursos que no puede afrontar el pago de una vivienda, también existen quienes proceden de mafias organizadas y pueden causar destrozos al inmueble. Los analistas coinciden en que el perfil del okupa en España ha cambiado. Hace algunos años se trataba como una acción reivindicativa, pero en los últimos años esto ha variado. Ahora se trata de personas que no pueden acceder a una vivienda, normalmente son personas en condición de pobreza, sin empleo o con salarios muy bajos. Pero los okupas no son solo personas naturales, también existe la llamada okupación empresarial.

Tipos de Okupas

Veamos los tipos de okupas con los que nos encontramos actualmente: 

Okupación por pobreza

Es el tipo más común de okupas que existen. Son personas a veces sin empleo y sin vivienda que deciden okupar una vivienda deshabitada. Normalmente ivaden edificios vacíos porque buscan satisfacer la necesidad de tener una vivienda temporal mientras no puedan optar a mejores condiciones habitacionales.

Okupación “empresarial”

Se trata de okupas que manejan muy bien las leyes a su favor y por eso ubican edificios o viviendas con dueños especiales, con los que puedan lograr una compensación económica para abandonar el inmueble. se puede hablar de una cantidad de entre 3000 a 6000 euros incluso. La cuantía es más elevada a medida que la dificultad del desahucio se complique, ya que sus procesos se dilatan en el tiempo.

Okupación como estrategia alternativa de vivienda

Son okupas que buscan crear vivienda para uso propio que se añade al parquet de viviendas asequibles. No existe un prototipo de vivienda en particular, encontrándonos edificios o urbanizaciones de muy buena o pésima calidad, pues la finalidad es conseguir la rentabilidad del apartamento como vivienda barata.

Okupación Política

Se trata de personas que asumen la okupación de viviendas y edificios abandonados como un contra poder frente al Estado. Exigen la planificación y construcción de inmuebles para atender la demanda de viviendas a toda la población. Consiguen que la okupación sea un objetivo destacado de la represión. Pueden también ayudar a obtener concesiones

Okupación Política

Qué hacer ante una ocupación

Si usted es víctima de una okupación lo primero que debe hacer es avisar a la policía, denunciar el hecho y llamar a su abogado.  Desde el punto de vista legal, lo primero que hay que hacer es identificar el tipo de delito. Dependiendo de las circunstancias, la okupación puede ser un delito de allanamiento de morada o un delito de usurpación. El allanamiento de morada se produce cuando la vivienda ocupada es la morada habitual de la persona, la casa en la que habita. El segundo, el de usurpación, se produce cuando se permanece en una vivienda deshabitada que no es morada. Cada caso es diferente y debe ser abordado de forma distinta legalmente.

Cuando un propietario se da cuenta de que han entrado en su casa, debe avisar a la policía para que se desplace rápidamente hasta el lugar. En algunos casos la policía los puede desalojar de inmediato bajo el amparo del delito flagrante: “Se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabara de cometer cuando el delincuente sea sorprendido”, según dicta en la ley de Enjuiciamiento Criminal. Cuando el okupa es encontrado infraganti la policía podrá detenerlo al momento. El problema es que muchas veces los dueños de la vivienda se dan cuenta de que han sufrido una ocupación ilegal días después.

Si, aunque se ha actuado a tiempo y la policía no logra echar a los okupas, entonces hay que proceder a la denuncia para definir quién es el verdadero propietario del inmueble. Pero si han pasado 48 horas desde la ocupación ilegal, lo mejor es activar todas las acciones legales pertinentes con un abogado. Una observación muy importante es que el propietario no debe cortarle los servicios de electricidad, agua ni gas, al inmueble okupado.  Aunque podría creerse que esta sería la forma rápida de conseguir que los okupas abandonaran el inmueble, lo cierto es que no, lo que se conseguiría con esto es que los ocupantes permanezcan más tiempo en la vivienda y pueden denunciar al propietario, con lo que sería peor el remedio que la enfermedad.

Cómo evitar los okupas

Una de las medidas para evitar que una vivienda deshabitada sea ocupada es su arrendamiento. Esto, además de mantenerla legalmente ocupada, permite solucionar algunos gastos. Que la vivienda esté ocupada legalmente la aleja de una okupación indeseada. También existe la opción de acudir con frecuencia al inmueble. En caso de no poder hacerlo, deja encargado a un vecino o persona de confianza, para que esté pendiente si alguien se acerca o escucha ruidos raros en el inmueble.

Iñaki García Administrator

Fundador y director de 50metroscuadrados.com. Periodista apasionado del mundo de la inversión inmobiliaria. Experiencia en medios de toda índole como Sport, Diariogol, Economía Digital, El Desmarque o ElNacional.cat.

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