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El banco de España te aconseja sobre cómo cambiar la hipoteca variable a fija

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Desde el pasado mes de julio, el Banco Central Europeo (BCE) ha aplicado una importante subida de los tipos de interés en las hipotecas variables. Debido a esto, el Banco de España ha elaborado una lista con una serie de consejos para la gran cantidad de ciudadanos que estarían planteándose la posibilidad de cambiar su hipoteca de tipo variable a una hipoteca fija.

De acuerdo con una publicación en el Portal del Cliente Bancario se ha señalado que se ha situado el tipo de referencia en el 2% en el mes de octubre, una subida que ha tenido un efecto directo en la actualización de las cuotas de las hipotecas variables. Este incremento, junto con los problemas de inflación y crisis económica, ha afectado el presupuesto de muchas familias, por lo que el cambio de hipoteca variable a fija podría ser una solución para considerar.

A la hora de tomar esta decisión, el Banco de España aconseja que se debe hacer un estudio completo y valorar todas las opciones posibles, tanto la que ofrezca el banco con la que ya se tiene la hipoteca, como la que estén promocionando otras entidades financieras. En caso de que se tome la decisión de cambiar el tipo de hipoteca, existen dos posibilidades para hacerlo: la novación y la subrogación.

¿En qué consiste la novación de una hipoteca?

Este proceso consiste en una modificación de las condiciones del contrato existente con el banco con el que se haya contratado un préstamo hipotecario. En este caso, la entidad financiera debe entregar al cliente toda a documentación necesaria: la información precontractual, la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE), al menos 10 días (naturales) antes de la fecha de novación. Según el Banco de España, este cambio se debe formalizar ante notario en un proceso gratuito de asesoramiento personalizado.  En algunos casos, el banco puede cobrar una comisión por esta modificación, pero solo si está establecido previamente en el contrato original.

Subrogación de una hipoteca

La subrogación es un proceso regulado y también debe formalizarse ante notario. En este caso, supone trasladar el préstamo hipotecario de una entidad a otra, teniendo en cuenta que se debe entregar una oferta vinculante con las condiciones de este nuevo préstamo y con una validez mínima de 15 días. La antigua entidad que emitió el préstamo debe entregar al nuevo banco una certificación del importe de la deuda que aún está pendiente. En algunos casos, el primer banco puede hacer una contraoferta para mantener al cliente al modificar algunas condiciones en el contrato.

Los gastos de la subrogación suelen ser superiores a los de la novación y deben estar previamente especificados en el contrato del préstamo hipotecario original, teniendo en cuenta que el límite legal máximo es del 2%.

También existe la opción de cancelar de forma anticipada la hipoteca contratada para formalizar una nueva, pero esta alternativa resulta un poco más costosa y con más trámites, por lo que el Banco de España sugiere que se considere en primera instancia la novación o la subrogación

Suhail Prato Editor

Licenciada en Literatura, escritora por vocación y lectora por convicción. Amplia experiencia en redacción de ensayos críticos y artículos periodísticos en diversos medios digitales y plataformas en RRSS. Blogger y Copywriter.

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